¿Qué y cuáles son los gatos de hipoteca?
Cualquiera que tenga, o haya tenido una hipoteca, recuerda perfectamente que al principio tuvo que hacer frente a unos elevados gastos, en forma de facturas, aranceles, comisiones y primas de seguro. Los principales gastos de hipoteca son los que a continuación enumeramos:
• Notaría
• Registro de la Propiedad
• Tasación
• Gestoría
• Impuesto por constitución avalista
• Comisión de apertura
¿Qué puedo reclamar? ¿Qué puedo recuperar?
Cuando un Banco o una Caja te concede un préstamo para la adquisición de una vivienda, normalmente en garantía de la devolución de referido importe de préstamo toma en garantía o hipoteca la vivienda que se adquiere, de tal forma, que si no puedes pagar el préstamo, el Banco se queda con la casa y, en su caso, te exigirá un remanente de deuda.
Por lo tanto, para mantener esa posición de privilegio sobre la vivienda hipotecada el banco es el principal interesado en que, primeramente, la vivienda se tase, posteriormente, el préstamo se formalice y otorgue ante un Notario, se inscriba debidamente en el Registro de la Propiedad, liquidándose, dada la naturaleza de la operación, el impuesto correspondiente (actos jurídicos documentados) y además, para la correcta tramitación de toda la operación, se contrate una gestoría administrativa, curiosamente, la que el Banco elige e impone.
Es por ello por lo que el Tribunal Supremo considera nula aquella cláusula que impone al consumidor el pago de todos los gastos de formalización, cuando es el Banco el primer interesado en que la operación se efectúe de la forma y modo en que se hace. Por lo tanto, y siguiendo el criterio del Supremo, todo consumidor podrá reclamar y recuperar tanto los gastos que abonó en concepto de notaría, registro, impuesto por constitución de aval, tasación y gestoría. Igualmente Picado Abogado está reclamando la comisión de apertura cobrada indebidamente por su Entidad Financiera.
Dudas frecuentes sobre gastos de hipoteca
Cualquiera que tenga, o haya tenido una hipoteca, recuerda perfectamente que al principio tuvo que hacer frente a unos elevados gastos, en forma de facturas, aranceles, impuestos, comisiones y primas de seguro. Los principales gastos de hipoteca son los que a continuación enumeramos:
• Notaría
• Registro de la Propiedad
• Impuestos
• Tasación
• Gestoría
Cuando un Banco o una Caja te concede un préstamo para la adquisición de una vivienda, normalmente en garantía de la devolución de referido importe de préstamo toma en garantía o hipoteca la vivienda que se adquiere, de tal forma, que si no puedes pagar el préstamo, el Banco se queda con la casa y, en su caso, te exigirá un remanente de deuda.
Por lo tanto, para mantener esa posición de privilegio sobre la vivienda hipotecada el banco es el principal interesado en que, primeramente, la vivienda se tase, posteriormente, el préstamo se formalice y otorgue ante un Notario, se inscriba debidamente en el Registro de la Propiedad, liquidándose, dada la naturaleza de la operación, el impuesto correspondiente (actos jurídicos documentados) y además, para la correcta tramitación de toda la operación, se contrate una gestoría administrativa, curiosamente, la que el Banco elige e impone.
Es por ello por lo que el Tribunal Supremo considera nula aquella cláusula que impone al consumidor el pago de todos los gastos de formalización, cuando es el Banco el primer interesado en que la operación se efectúe de la forma y modo en que se hace. Por lo tanto, y siguiendo el criterio del Supremo, todo consumidor podrá reclamar y recuperar tanto los gastos que abonó en concepto de notaría, registro, impuesto, tasación y gestoría.
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En un préstamo hipotecario de importe de 100.000 euros el consumidor podrá reclamar entre 3.000-4.000 euros, teniendo en cuenta la intervención de fiadores en la operación. Igualmente los Bancos están siendo condenados al pago de los intereses legales por cada concepto abonado.
En Picado Abogados hemos obtenido cerca de 100 sentencias favorables tanto en los Juzgados de Cáceres como de Badajoz.
Este tipo de procedimientos es sumamente sencillo y rápido para nuestros clientes. El procedimiento entero puede durar en torno a 6 meses y el cliente casi en la totalidad de los casos no deberá declarar en juicio, al ser una cuestión meramente documental.
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