Las 7 claves más importantes sobre la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y la Economía Social
La Ley 31/2015, de 9 de septiembre, (BOE 10/9/2015), introduce importantes novedades en materia de autoempleo unificando la legislación vigente al respecto. Estas medidas que son de gran interés para determinados autónomos con actividad como para los nuevos que quieran comenzarla, máxime si están cobrando actualmente la prestación de desempleo.
Los 7 puntos clave a destacar son según nuestro criterio:
1. Revisión de la “Tarifa Plana”: La cuota por contingencias comunes de esta tarifa plana se fija en 50 euros exactos durante los primeros seis meses, periodo que se amplía hasta doce meses en el supuesto caso de personas con discapacidad, víctimas del terrorismo y de violencia de género. También se amplía este incentivo a los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y con posterioridad contraten por cuenta ajena. La ley amplía también la bonificación a los familiares colaboradores, de forma que podrán disfrutar de una bonificación en las cuotas de la Seguridad Social durante dos años cambiando los actuales 18 meses, eso sí, estos últimos 6 serán solo del 25%.
2. Los Trabajadores Autónomos Economicamente Dependientes (TRADE) podrán contratar a trabajadores por cuenta ajena: En aquellos supuestos en los que la interrupción de la actividad del TRADE se refiera a causas vinculadas a la conciliación de su actividad profesional con la vida familiar y que pudieran o pudiese ocasionar la resolución del contrato con la empresa (cliente).
3. Compatibilizar la prestación de desempleo con la actividad de autónomo: El texto dispone que los autónomos de cualquier edad podrán compatibilizar durante un máximo de nueve meses la prestación desempleo como alta en el régimen de autónomos, una posibilidad que hasta ahora era reservada tan solo a los menores de 30 años.
4. Segunda oportunidad para el autónomo: Los autónomo podrán solicitar la reanudación del cobro de la prestación por desempleo hasta cinco años después de haber iniciado su actividad, en lugar de sólo dos años como hasta ahora. Aunque a partir del segundo año, deberán acreditar causas económicas u organizativas para el cierre de la empresa.
5. Capitalización de la prestación por desempleo: Importante NOVEDAD; Se amplía el colectivo de beneficiarios de trabajadores por cuenta propia que, podrán capitalizar el 100% de su prestación para destinarla a la inversión necesaria para el ejercicio de la actividad, al eliminar la barrera de edad existente hasta la fecha.
6. Capitalización de la prestación desempleo para sociedades: También se podrá realizar una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación (con un control efectivo de la empresa) y, utilizar la capitalización para cubrir los gastos de constitución así como para adquirir servicios específicos de asesoramiento, formación e información para la misma.
7. Ampliación de la bonificaciones para la incorporación de socios en entidades de economía social: La bonificación de 800€/año a los largo de tres años para facilitar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales. Se aumenta la cuantía a 1.650 € el primera año para los menores de 30 años.