Hipoteca multidivisa
En la muy reciente Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, se ha dictaminado lo que muchos juristas ya veníamos denunciando en los Juzgados y Tribunales nacionales: la hipoteca multidivisa es una verdadera trampa para clientes minoristas y pequeñas y medianas empresas. Los riesgos de este instrumento financiero exceden de los propios de los préstamos hipotecarios a interés variable solicitados en euros, pues al riesgo propio e inherente de variación del tipo de interés en un préstamo referenciado a interés variable, se añade el riesgo de fluctuación de la moneda. Así, por ejemplo, el empleo de una divisa como el yen o el franco suizo no es sólo una referencia para fijar el importe en euros de cada cuota de amortización, de modo que si esa divisa se deprecia, el importe en euros será menor, y si se aprecia, será mayor, con lo cual se puede acabar debiendo mayor cantidad al banco que la que éste puso a disposición del cliente al concederle el préstamo hipotecario; una verdadera locura especulativa que únicamente beneficia a la entidad financiera y con la que se lucra a costa de su cliente; es ella la que diseña la hipoteca – el producto – a su medida y según sus previsiones de tipos de interés y de fluctuación de las divisas de referencia incluidas en el contrato.
Así, como efecto propio del préstamo hipotecario, el tipo de cambio de la divisa elegida se aplica, además de para el importe en euros de las cuotas periódicas, para fijar el importe en euros del capital pendiente de amortización, de modo que la fluctuación de la divisa supone un recálculo constante del capital prestado, lo que conlleva el enorme e ignorado riesgo para el contratante de que si la divisa se ha apreciado frente al euro, el deudor deberá pagar, como decimos, cuotas de mayor importe en euros sino además adeudará un capital en euros aun mayor que el que le fue entregado al concertar préstamo. Y todo esto se produce sin que el deudor hipotecario fuera previamente informado y alertado clara y verazmente de todos y cada uno de los riesgos ínsitos en un préstamo de esta naturaleza, poniendo a su disposición toda información y documentación ( simulaciones incluidas ) necesarias para que aquel tenga conocimiento cabal de las consecuencias jurídicas y financieras de lo que va a firmar.