Picado Abogados recomienda no firmar acuerdos precipitados sobre la supresión de la cláusula suelo
El gabinete extremeño alerta de que los afectados pueden dejar de percibir hasta 15.000 euros desde 2009 en una hipoteca media
Tras la Sentencia dictada por el Juzgado Mercantil nº 11 de Madrid, de fecha 7 de abril de 2016, resolutoria de acción colectiva contra 40 entidades financieras que operan en España y que versa sobre la eliminación de las cláusulas suelo y la devolución de las cantidades cobradas de más desde el 9 de mayo de 2013, desde el despacho extremeño Picado Abogados recomendamos:
Prudencia para no firmar ningún tipo de acuerdo o solución negociada sin el previo consejo y asesoramiento de abogados expertos en cláusulas abusivas.
Exigir la expresa declaración de nulidad de la cláusula por parte de la entidad bancaria y la devolución de las cantidades cobradas de más desde el 9 de mayo de 2013.
No renunciar a futuras reclamaciones basadas en la cláusula de suelo, a expensas de la Sentencia que dictará el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Recálculo y nuevo cuadro de amortización que rija el préstamo en lo sucesivo, amortizando efectivamente las cantidades en concepto de capital, así como exigir el reembolso de los gastos en los que se haya incurrido.
Un acuerdo precipitado con la entidad financiera podría suponer un pérdida aproximada de 6.000 euros para una hipoteca media de 150.000 euros con un diferencial de 0,75% y un suelo del 3,50% (desde 2009 a 2013). La pérdida aproximada para el mismo préstamo de 2013 a 2016 ascendería a otros 9.000 euros adicionales, con una pérdida total de 15.000 euros desde la fecha en la que comenzó a afectar la cláusula de suelo, en el año 2009.
Las entidades financieras que mayor incidencia de cláusula de suelo tienen ya han anunciado que presentarán recurso de apelación, por lo que las entidades no procederán a la devolución hasta que la sentencia no sea firme.
Muchos afectados se preguntan si podrán reclamar lo cobrado de más por el banco desde la fecha de suscripción hasta el 9 de mayo de 2013, en el caso de que ya hayan obtenido sentencia favorable en procedimientos por ellos iniciados.
En este escenario, y ante el flujo de informaciones que generan confusión, desde Picado Abogados recomendamos un asesoramiento profesionalizado, tal y como hemos puesto de manifiesto hoy en Cáceres ante los medios de comunicación.