Dación en pago: en algunos casos, una vuelta al engaño.
La dación en pago se puede definir como la acción o acuerdo de voluntades de entregar un bien a cambio de liquidar una deuda pendiente de pago. En los últimos años, debido al impacto de la crisis económica en la economía real, se ha identificado la dación en pago exclusivamente en relación a préstamos hipotecarios en los que el prestatario deudor, ante la imposibilidad de hacer frente a la corriente de pagos generado por referido préstamo, acuerda con el acreedor la cancelación de la deuda pendiente con la entrega de bien inmueble hipotecado.
El número de daciones en pago así como de reestructuraciones de deuda se han multiplicado exponencialmente desde el inicio de la crisis, en parte auspiciado por la normativa bancaria ligada a las medidas excepcionales de ayuda a los deudores hipotecarios y en concreto, el Código de Buenas Prácticas Bancarias, en las que la mayor parte de entidades financieras en España están adheridas.
No obstante lo anterior, Picado Abogados ha detectado numerosos casos en los que las Entidades Financieras acreedoras se apartaron de las buenas prácticas bancarias, engañando a sus clientes en la negociación de daciones en pago, aprovechándose del estado de necesidad del deudor hipotecario. En concreto, en muchos de los procedimientos tramitados, las entidades bancarias habían intentado cerrar con el cliente la entrega de la finca hipotecada así como, conjuntamente y de manera oscura, aprovechándose de la situación de superioridad y del estado de necesidad del cliente, la concesión de un préstamo personal que cubriese la diferencia entre el valor de la deuda (inflada con intereses, comisiones, gastos de reclamación,…) y el valor otorgado a la finca.
Son varios los tribunales de Justicia que han decretado la nulidad del préstamo personal concedido por las Entidades Bancarias como “complemento” a la dación en pago, nulidad decretada por ausencia de causa.
Es por ello que Picado Abogados recomienda el asesoramiento profesional en procesos de dación en pago y reestructuración de deuda, especialmente aquellos que no se enmarcan a través del Código de Buenas Prácticas Bancarias.
Picado Abogados, a través de los respectivos departamentos jurídico y económico, está especializado en la negociación, asesoramiento y tramitación de dación en pago con entidades financieras, cerrando decenas de acuerdos positivos para nuestros clientes. En todos ellos velamos, debido a las especiales particularidades sociales de este tipo de procedimientos, por el estricto cumplimiento de la legislación vigente así como de las normas relativas a la buena fe contractual de las partes.