gastos de formalizacion de hipotecas
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5 claves para reclamar los gastos de formalización de tu hipoteca

RECLAMACIÓN DE GASTOS E IMPUESTOS POR FORMALIZACION DE HIPOTECA.-

1. ¿Me asisten la Ley y los Tribunales para reclamar los gastos de formalización de mi hipoteca: notaría, registro, gestoría y coste de la tasación del inmueble?

Por supuesto. La vía de la reclamación quedó abierta mediante la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de Diciembre de 2015, estableciendo como nulas las cláusulas que trasladaran, en perjuicio del prestatario (consumidor) los gastos por la formalización de un préstamo hipotecario.

 

2. ¿Existe plazo para reclamar?

La nulidad radical y de pleno derecho por vulneración de normas imperativas y de derecho público, es imprescriptible. Por esta vía, no existe plazo para reclamar.

 

3. ¿Puedo reclamar también lo que pagué por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?

Este impuesto supone el 90% de la reclamación por esta vía y es también reclamable. Textualmente, lo que dice el Tribunal Supremo es “que la entidad prestamista no queda al margen de los tributos que pudieran devengarse con motivo de la operación mercantil, sino que, al menos en lo que respecta al impuesto sobre actos jurídicos documentados, será sujeto pasivo en lo que se refiere a la constitución del derecho y, en todo caso, la expedición de las copias, actas y testimonios que interese y que, a través de la cláusula litigiosa, carga indebidamente sobre la otra parte contratante. La cláusula que contradiga tal doctrina será nula de pleno derecho de acuerdo con la Ley General de Consumo por contravenir derecho imperativo, de obligado cumplimiento, sobre el que las partes o tienen facultad de disposición». Y el propio Tribunal cita como antecedente la Sentencia 842/2011, de 25 de noviembre.

 

4. ¿ Si ya terminé de pagar mi hipoteca puedo reclamar?

Si conserva las facturas de gastos y/o comprobantes de pago, sí puede reclamar. No existiría inconveniente alguno legalmente. Sin embargo, si no conserva las facturas o comprobantes de pago es posible que se encuentre con el problema que apuntamos en el apartado siguiente. (Plazo de 6 años establecidos en el Código de Comercio.)

 

5. ¿Qué documentos necesito para reclamar?

Básicamente, facturas y/o comprobantes de pago. Si no se conservan se puede solicitar copias a la gestoría o al organismo que las expidió y cobró. Muchos de ellos, sin embargo, hemos detectado que se acogen al plazo de 6 años establecidos en el Código de Comercio.

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